Prodafor consultoría
Protocolos de acoso sexual y por razón de sexo
Servicio de asesoramiento profesional en la elaboración e implementación de protocolos contra el acoso sexual y por razón de sexo en el entorno laboral.
En el contexto actual, contar con un protocolo claro y efectivo para prevenir y abordar el acoso sexual y por razón de sexo en el entorno laboral no solo es una obligación legal, sino también una manifestación del compromiso de la empresa con un ambiente de trabajo seguro, respetuoso y equitativo.
En PRODAFOR ofrecemos un servicio especializado de asesoramiento integral para empresas, orientado a la elaboración e implementación de protocolos de prevención, actuación y seguimiento en casos de acoso sexual y por razón de sexo.
OBLIGATORIO PARA TODAS LAS EMPRESAS, INDEPENDIENTEMENTE DE SU TAMAÑO:
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, establece la obligatoriedad para todas las empresas de promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, incluidos los cometidos en el ámbito digital; así como arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.
El servicio incluye:
Diagnóstico inicial de la situación en la empresa.
Redacción personalizada del protocolo, adaptado a las características y tamaño de la organización.
Asesoramiento a la empresa y resolución de dudas.
Negociación en su caso con la RLPT.
Redacción de definitiva del documento.
Asesoramiento sobre los instrumentos adecuados para una correcta implementación.
¿Por qué elegirnos?
Calidad en el trabajo:
PRODAFOR cuenta con las aportaciones de TODOS los perfiles profesionales necesarios para garantizar un protocolo efectivo y con validez ante la ITSS:
– Agente de igualdad
– Técnico en Prevención de Riesgos Laborales
– Consultor en Protección de Datos.
Certeza Jurídica:
Nuestros protocolos son válidos para cumplir las últimas normas de los años 2023 y 2024 en relación al acoso y violencia contra las personas LGTBI: Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI y Real Decreto 1026/2024 por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas y el Convenio Colectivo de aplicación.
Ahorro de costes:
Según lo expuesto en el punto anterior, tu empresa no necesita dos protocolos sino un PROTOCOLO ÚNICO correctamente elaborado que sea de aplicación a todas las personas de tu organización.
Acompañamiento:
Te asistimos en todo el proceso, incluida la fase final para la implementación y difusión del protocolo.
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO:
Las infracciones pueden estar relacionadas con el incumplimiento de obligaciones documentales, situaciones de discriminación o la prevención de riesgos laborales.
El art. 8 de La ley de Infracciones y sanciones en el orden social establece que son infracciones muy graves el acoso sexual y el acoso por razón de sexo cuando se produzcan dentro del ámbito a que alcanzan las facultades de dirección empresarial. La sanción mínima es de 7.501 euros; la máxima de 225.018 euros. Existen además otras sanciones accesorias como son la pérdida automática de ayudas, bonificación y beneficios derivados de programas de empleo.
SERVICIOS ADICIONALES QUE OFRECE PRODAFOR EN RELACIÓN AL ACOSO EN EL ENTORNO LABORAL:
Servicio de Tramitación de denuncias y expedientes por acoso
Investigación de los hechos.
Calificación de los hechos: tipo de acoso y gravedad de los hechos.
Redacción de informe final y propuesta de sanción.
Propuesta de medidas preventivas y de corrección de situación.
Si prefieres llevar el proceso de manera interna, podemos ofrecerte únicamente asesoramiento sobre la orientación del caso.